En virtud de este texto, la Comunidad Europea promulgó dos leyes (o directivas, en la terminología de la CE) para evitar que los ciudadanos de la Unión Europea fueran víctima de discriminación por motivo de origen racial o étnico (Directiva de Igualdad Racial) y por motivo de religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual Directiva Marco para la Igualdad en el Empleo). Estas dos directivas definen un conjunto de principios que ofrecen a todos los ciudadanos de la UE un nivel mínimo de protección legal contra la discriminación.
Aunque la existencia de una legislación que prohíba la discriminación es fundamental, no es suficiente para alcanzar el objetivo de crear una sociedad sin discriminación. Los arraigados prejuicios a los que deben hacer frente muchas personas a causa de sus circunstancias personales les impiden participar plenamente en todos los niveles de la sociedad y realizar sus aportaciones.
Por ello, la Comisión se plantea los siguientes objetivos:
- Mejorar el conocimiento de la discriminación.
- Concienciar a la ciudadanía acerca de sus derechos, pero también acerca de las ventajas de la diversidad.
- Dar su apoyo a actores intermedios, como ONG, entidades sociales e instituciones de fomento de la igualdad, para dotarlos de más recursos destinados a combatir la discriminación.
- Impulsar el desarrollo de políticas de igualdad a escala nacional y fomentar el intercambio de buenas prácticas entre los Estados miembros.
- Potenciar la gestión de la diversidad desde las empresas como parte de una respuesta estratégica ante la creciente heterogeneidad de la sociedad, los clientes, la estructura del mercado y los trabajadores.
Además de abordar el tema de la discriminación, la Comisión ha desarrollado también un Plan de acción europeo sobre la discapacidad para el periodo 2003-2010, cuyo objetivo es integrar la dimensión de discapacidad en todas las políticas de la CE donde tengan incidencia y mejorar el acceso al entorno construido, al transporte y a las TIC.
Por último, consciente de la situación que afecta a los casi 10 millones de ciudadanos de etnia gitana de la UE, víctimas de la discriminación, la violencia, el desempleo, la pobreza, las deficiencias en materia de vivienda y los problemas de salud en una proporción exageradamente elevada, el Consejo ha reclamado a la Comisión y los Estados miembros que promuevan políticas efectivas de inclusión. Aunque las competencias en este ámbito pertenecen a los Estados miembros, la Comunidad posee instrumentos que puede utilizarse para este fin (Directiva 2000/43/CE, los fondos estructurales y los métodos abiertos de coordinación en materia de empleo e inclusión social, entre otros campos).



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