ACCION EUROPEA CONTRA LA DISCRIMINACION

  • Aumentar fuente
  • Fuente predeterminada
  • Disminuir fuente
Home Artículos de Opinión
Artículos de Opinión

Resposabilidad Social Corporativa

E-mail Imprimir PDF

Hoy más que nunca está en vigor las reflexiones de relevantes personajes que hace años opinaban con predicción sobre la RSC 

(Ponencia de D. Rafael Calvo Ortega, ex-ministro de trabajo -año 2003- sobre RSC)

La responsabilidad social corporativa es una expresión o concepto criticado desde una perspectiva jurídica, porque, hablar de responsabilidad social corporativa es una ambigüedad y hay muchos mercantilistas y muchos juristas que ponen de manifiesto siempre esta nota crítica.

Sin entrar en polémica, nosotros, y los ciudadanos entienden lo que es Responsabilidad Social Corporativa, también se dice que esta idea no es nada nuevo.

En un debate en el que participe hace unos días, uno de los ponentes nos hacía ver a todos que la idea de una Responsabilidad social Corporativa, entendida como una línea de conducta de los cuerpos sociales de las sociedades, era algo que estaba ya en los primeros años de la Revolución industrial y ponía de manifiesto como entonces, este tipo de empresario que es un sujeto histórico concreto que debe muy poco a la sociedad, que casi no debe nada a las administraciones públicas, se preocupaba de presentar una imagen acuciado por las urgencias sindicales y los trabajadores, sobre un comportamiento ético de las sociedades.

Las cosas han cambiado y hoy nos encontramos con una situación distinta. El empresario si debe mucho a la administración pública, aunque esta sea una idea en crisis y normalmente no se dice, si debe mucho a las administraciones públicas, no porque estas construyan como poderes públicos sus ordenamiento sino porque estas administraciones, estos poderes públicos hacen algo ya mucho más concreto, están inyectando continuamente recursos dinerarios a través de subvenciones, de exenciones fiscales, denominado de beneficios fiscales en nuestro ordenamiento que son gigantescos, y son las empresas las principales beneficiarias de este esfuerzo público. Por tanto las administraciones públicas, si tienen un título para exigir a las empresas un comportamiento ético pero también lo tiene la sociedad. (Es increíble, pero la visión D. Rafael Calvo Ortega estaba pronosticando nuestra actual crisis mundial).

Los inversores se cuentan por millones, si viésemos la representatividad, no sólo de los fondos de inversión sino de los fondos de pensiones, nos quedaríamos perplejos de la potencia de estos inversores y los seres humanos que hay detrás de ellos, por lo tanto también la sociedad tiene mucho que exigir y que decir a las sociedades para exigir de ellas un comportamiento lo más próximo a una ética empresarial.

Otraa cuestión, de alguna forma ligada a la anterior es: ¿Qué responsabilidad tiene en la situación actual de grandes hechos indeseables, de grandes escándalos vinculados a las empresas de tipo contable ,de naturaleza auditora, de comportamiento indebido frente a trabajadores, frente a inversores etc. Que responsabilidad tienen esos mismos poderes públicos ,en el caso de que confiemos en ellos, ¿porque han sido incapaces de mantener actualizado su ordenamiento?.

Esta es una gran cuestión, yo tengo que decir que sorprende que se tarde no años, décadas, en adecuar una norma jurídica a la actuación de los poderes y a las nuevas realidades. Trabajo en estos momentos en un debate sobre la nueva ley general tributaria que tiene cuarenta años a sus espaldas, (se dice pronto), es la ley de 1963 y todavía, ante la perplejidad de algunos críticos y pensadores, estamos discutiendo como sustituir la ley por otra nueva.

Otra cuestión: ¿Los poderes públicos cumplen con su deber de clarificar , de sistematizar, de rectificar, de observar la realidad etc…?

Si nosotros optásemos por un autogobierno, podríamos preguntarnos dentro de la Unión Europea: ¿para avanzar en ese autogobierno que tenemos que hacer?; ¿una especie de código único?, lo cual es defendido en Bruselas por bastantes sectores de la comisión, o por el contrario, según el informe Whinter, ¿tendríamos que construir un código que se limitase a señalar nada más que unas grandes directrices y que después cada país pudiese articular esa directrices como quisiera y como tuviese por conveniente?

Una cuestión nueva, que empieza a preocupar en Estados Unidos, son los famosos comités de nombramientos y de retribuciones. Es una cuestión de moda pero, naturalmente, ya empiezan, en los debates, a preguntarse los pensadores de estas cuestiones, si debemos admitir sin límite los comités de nombramientos y de retribuciones que, como decía un profesor italiano: Si tenemos que admitir que estos comités formados por agentes externos, consejeros externos y personas externas nos hagan los nombramientos de las empresas y nos digan como debe de ganar cada uno, estamos ante un proceso de desnaturalización del empresariado, estamos arrancando de las manos de los agentes económicos, que asumen riesgo, algo tan esencial como es designar a las personas que van a vertebrar una empresa y fijar las retribuciones.

Última actualización el Miércoles, 13 de Octubre de 2010 16:02  

MAESTRO PACO DE LUCIA

Anuncios

Mantenimiento y Alojamiento